Entidad bancaria

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Responsabilidad de un banco por no haber dado correcto cumplimiento a una orden judicial de embargo de las cuentas de un cliente

Recibido el oficio del juzgado, la entidad bancaria comunico que no constaban cuentas con saldo acreedor a nombre de la ejecutada por lo que no podía materializar el embargo, constatándose posteriormente que la ejecutada disponía de cuentas con saldo suficiente, derivados de un préstamo concedido por la propia entidad demandada, por lo que ha de entenderse una actuación negligente de la entidad bancaria por no haber dado cumplimiento a la orden de embargo cursada por el juzgado.

Responsabilidad de un banco por no haber dado correcto cumplimiento a una orden judicial de embargo de las cuentas de un cliente

Recibido el oficio del juzgado, la entidad bancaria comunico que no constaban cuentas con saldo acreedor a nombre de la ejecutada por lo que no podía materializar el embargo, constatándose posteriormente que la ejecutada disponía de cuentas con saldo suficiente, derivados de un préstamo concedido por la propia entidad demandada, por lo que ha de entenderse una actuación negligente de la entidad bancaria por no haber dado cumplimiento a la orden de embargo cursada por el juzgado.